PILOTO APLICADOR DE FITOSANITARIOS
LEONDRON S.L. dispone de la homologación, por la Dirección General de Agricultura y Ganadería de Castilla-León y Madrid. Para la Aplicación de productos fitosanitarios con Drones.
Es por ello que en esta entrada os queríamos contar un poco más en detalle que normativa y requisitos se exigen en España para poder realizar dicha aplicación de productos fitosanitarios de manera segura para los seres humanos y para el medio ambiente. Así garantizar un correcto uso de plaguicidas.
En España las disposiciones relativas a aplicaciones aéreas quedan reguladas a través del Capítulo VI Real Decreto 1311/2012, de 14 de septiembre, por el que se establece el marco de actuación para conseguir un uso sostenible de los productos fitosanitarios, trasponiendo de esta forma la Directiva 2009/128/CE del Parlamento Europeo.
Siguiendo lo marcado por este Real Decreto, solo podrán realizarse las aplicaciones aéreas autorizadas por el órgano competente de la comunidad autónoma donde vayan a realizarse, o las que sean promovidas por la propia administración, tanto para el control de plagas declaradas de utilidad pública según el artículo 15 de la Ley, como para el control de otras plagas en base a razones de emergencia.
Solo podrán realizarse las aplicaciones aéreas autorizadas por el órgano competente.
Los tratamientos se realizarán con productos fitosanitarios expresamente autorizados para el cultivo y plaga de que se trate, y aprobados específicamente para aplicación aérea por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente (MAGRAMA), previa evaluación específica de los riesgos que supone este tipo de aplicaciones.
La solicitud de autorización se presentará ante el Servicio de Sanidad Vegetal de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. Podrán presentar la solicitud particular, agrupaciones de productores, o las empresas que vayan a realizar la aplicación. La solicitud irá acompañada de un plan de aplicación que deberá ser aprobado por la Dirección General de Agricultura y Ganadería.
El plan de aplicación previsto irá firmado por una persona con titulación universitaria habilitante (entre otras, ingeniero agrónomo, ingeniero técnico agrícola, ingeniero de montes, ingeniero técnico forestal), y su contenido se ajustará, al menos, a lo establecido en el anexo VII del Real Decreto 1311/2012.
Desde LeonDron, y por medio de técnicos experimentados, elaboramos Planes de Aplicación para llevar a cabo dichas aplicaciones.
Requisitos para la aplicación aérea de fitosanitarios
Condiciones generales que han de cumplir las aplicaciones aéreas de productos fitosanitarios para su autorización:
- Director de Tratamiento: Velará para que se cumpla el plan establecido.
- Empresa de tratamientos aéreos: Inscrita en el registro de aplicadores aéreos y con sus correspondientes seguros.
- Aeronaves para el tratamiento: Provista de emisora , GPS, capacidad de almacenamiento de datos, etc…
- Equipos de aplicaciones de fitosanitarios: Correctamente mantenidos, calibrados, Inspección técnica, etc…
- Personal cualificado en fitosanitarios, pilotaje de la aeronave específica, agrícola, etc…
- Realización del tratamiento según plan de aplicación aprobado.
- Control de los trabajos: Por cada jornada de aplicación, se deberá rellenar un documento acreditativo de los vuelos realizados que se entregará al director del tratamiento fitosanitario.
No dudes en ponerte en contacto con nosotros si lo que necesitas es la titulación oficial de PILOTO APLICADOR, la Certificación oficial de PILOTO Agras T10/T30 o bien si quieres que te ayudemos con la elaboración del Plan de Aplicación de fitosanitarios y su tramitación ante las administraciones.
La inscripción en el ROPO es un requisito imprescindible para ejercer la actividad de Suministro de los medios de defensa fitosanitaria y comprende las siguientes actividades:
Gracias a la teledetección mediante drones, y al uso sensores RGB y multiespectrales, verificamos la viabilidad de dichos productos fitosanitarios, analizando mediante vuelos UAS realizados en diferentes cultivos, y apoyándonos en índices de vegetación como son el NDVI, GNDVI, NDRE, TCARI, SAVI, etc…
Distintas dosificaciones de un mismo producto, son aplicadas en parcelas anexas para evaluar y monitorizar cambios en vigor y en los valores de los diferentes índices de vegetación.